jueves, 19 de marzo de 2015

Restos del General Pedro Santána Serán Reubicados en El Seibo su Ciudad Natal

En vez de ser reubicados en El Seibo, los restos del fallecido general Pedro Santana deben ser trasladados al Altar de la Patria debido a que el Panteón Nacional, donde se encuentran, “le queda pequeño”, opinó un economista y ensayista en temas históricos de esta Capital.
Al dictar una conferencia titulada “Proceso de Formación de la Independencia Nacional”, ante un grupo de profesionales y empresarios, el licenciado Nasarquín Santana objetó la idea de políticos y representantes de algunos grupos sociales de sacar los restos de Santana de dicho Panteón.
Nasarquín aclaró que, aunque tiene el mismo apellido, no es descendiente de Pedro Santana y que ha decidido asumir su defensa por un deber histórico, ya que siempre “determinados sectores han querido restar méritos a una de las figuras más trascendentes  para nuestra República”.
La conferencia
La conferencia de Nasarquín Santana fue la primera de un ciclo que contertulios del restaurant Boga-Boga, de esta capital, se proponen desarrollar para debatir temas de interés nacional.  La misma tuvo lugar en uno de los salones de este establecimiento comercial.
Sus argumentaciones fueron las siguientes:
“Santana fue el héroe de la primera batalla de la guerra de independencia, la de Azua del 19 de marzo de 1844, con la cual se puso de manifiesto la determinación dominicana de preservar la República recién fundada. Previo al nacimiento de la República, Santana estaba ya incorporado al movimiento conspirativo que buscaba la separación de Haití, hecho por el que fue perseguido por el presidente Herard pudiendo escapar cuando era conducido a Puerto Príncipe como preso político.
También Santana fue uno de los firmantes del Manifiesto de independencia nacional del 16 de enero de 1844, equivalente a la Declaración de Independencia norteamericana del 4 de julio de 1776, siendo por tanto uno de los Padres Fundadores de la República.
La primera medida tomada por Santana al asumir la presidencia de la Junta Central Gubernativa en Julio de 1844, fue abolir oficialmente la esclavitud en todo el territorio nacional,  decisión que disipó los serios temores de la población de color dominicana de que la misma fuere reimplantada en caso de pactarse el protectorado con Francia gestionado incluso con el apoyo de Sánchez y Mella en base al Plan Levasseur.
El Decreto promulgado por Santana para tal fin, es el documento más contundente contra la esclavitud que haya salido de la decisión de un gobernante dominicano, incluso promulgado diecinueve años antes de la Proclamación de Emancipación de Lincoln en los EUA.  Los considerandos segundo y tercero de dicho Decreto enunciaban lo siguiente:
“1. Que la esclavitud es contraria a la libertad natural, a los principios eternos de la religión, de la razón y de la sana política.”  2. “Que es de necesidad, afianzar por cuantos medios estén al alcance del Gobierno, la posesión de estado de las personas, la unión y la tranquilidad de los habitantes.” Y en sus únicos dos artículos, se decretaba lo siguiente:

“Artículo 1.- La introducción de esclavos en el territorio de la República, bien sea directamente de África o de cualquier otro punto, es absolutamente prohibida; y los esclavos que pongan el pie en el territorio de la República Dominicana, serán considerados y tenidos como libres inmediatamente.” “Artículo 2.- Cualquiera ciudadano de la República, sin distinción de clase ni persona, que hiciere armar buques para ir al África a extraer esclavos o que se prestase y ocupase en este tráfico vergonzoso e inhumano comprándolos o vendiéndolos, será considerado como pirata, juzgado y castigado con la pena de muerte.”
Al mes siguiente del mismo año, Santana creó el símbolo monetario nacional. Lo hizo mediante Decreto promulgado el 24 de agosto, cuyo texto decía: “Considerando: que es de urgente necesidad recoger lo más pronto posible la papeleta haitiana, por el desafecto y repugnancia con que el público la mira.” En su parte dispositiva el Decreto ordenó la emisión de los primeros billetes dominicanos, con una denominación de cinco pesos, que sería la moneda de curso legal en todo el territorio, disponiendo al mismo tiempo sacar de circulación la moneda haitiana.
Además, tan pronto Santana promulgó la constitución del 6 de noviembre, le envió dos ejemplares al nuevo Presidente haitiano, Philippe Guerrier, con una carta en la que le advertía que los dominicanos iban a defender su independencia y que no depondrían las armas hasta recuperar sus límites.
Seis meses después de asumir la presidencia en 1845 Santana promulgó la Ley 40 del 9 de junio de ese mismo año,  sobre división territorial, en virtud de la cual se estipulaba que los fértiles territorios del Altibonito que ocupó Haití y perdió la República, eran parte de la geografía dominicana de conformidad con el Tratado de Aranjuez de 1777.
Asimismo, cuando en ese año Francia continuaba presionándolo para que el país asumiera una proporción de la enorme deuda impuesta por esa nación a Haití a cambio de reconocerle su independencia, la actitud de Santana fue precisarle al cónsul francés Saint-Denys la posición definitiva del gobierno dominicano en los términos siguientes de su carta del 26 de abril:
“En contestación a la nota de V.S. de 21 del corriente, debo decirle que el pueblo dominicano no se considera en derecho obligado a satisfacer en proporción la deuda que los haitianos consintieron a favor de Francia, ya porque sobre la parte del Este solo la España podría invocar sus derechos, ya porque la posesión de los haitianos a esta parte y de su permanencia en ella, no se pueden sacar otras consecuencias y efectos que los que produce la violencia ejercida sobre pueblos desgraciados a quienes por medio del engaño redujeron a la miseria y a la más vergonzosa esclavitud”.
Durante ese mismo año Santana promulgó las leyes fundamentales sobre las cuales se cimentó la organización del Estado dominicano. Promulgó la primera  Ley Electoral, que fue la primera ley de la República, aprobada el 8 de abril de 1845 por el cuerpo legislativo compuesto por el Senado Consultor y el Tribunado.
En ese año también Santana promulgó las distintas leyes institucionales que hacían falta para configurar la estructura orgánica del Estado. Específicamente, las leyes de Ayuntamientos, Instrucción Pública, Régimen de Aduanas, Secretarías de Estado, Extinción de Censos, Capellanías y Vinculaciones, Administración Provincial, Orgánica de los Tribunales, Hacienda, Uniformizar las Pesas y Medidas, Patentes, Bienes Nacionales y el Código Penal Militar.
Santana fue además el héroe de la Batalla de Las Carreras, que en 1849 impidió que con su triunfo, Haití sepultara la República, en momentos que el trinitario Manuel Jiménes ocupaba la Presidencia y Sánchez comandaba el ejército del Sur, victoria por la cual el Congreso Nacional le otorgó a Santana el título deLibertador de la Patria.
En 1858 cuando el emperador haitiano Faustino Soulouque utilizó como  agente secreto al ex cónsul francés en Puerto Príncipe, Maxime Raybaud, con el fin de inducirlo a unir la República al Imperio de Haití a cambio de suspender su hostigamiento, la respuesta de Santana fue ordenar que en el acto le devolvieran su pasaporte y lo pusieran a bordo de un barco que lo llevó de regreso a Puerto Príncipe.
Las condiciones propuestas por Santana en 1859 y 1860 para la Anexión, se hallaban en íntima concordancia con las necesidades prioritarias del momento.  Los efectos buscados, no solo satisfarían esas necesidades, sino que procuraban impactar en los cimientos de las estructuras decadentes que necesitaba transformar la República para superar su estado de retraso y estancamiento.
 Tras concretarse la Anexión, el 14 de enero de 1862 Santana solicitó y obtuvo la autorización de la Corona española para reclamarle al gobierno haitiano la devolución de los territorios del Altibonito y reincorporarlos a la geografía de la Patria.  Concibió organizar un ejército que marcharía contra Haití en caso de no acceder a devolverlos pacíficamente, plan que no pudo ejecutar por faltarle los recursos indispensables que había solicitado.
 El fracaso de la Anexión fue para los dominicanos la pérdida de una extraordinaria oportunidad para su desarrollo y la recuperación de los territorios tomados por Haití.
Por su parte, Mella fue un aliado casi incondicional de Santana hasta 1861. En cuanto a Sánchez, éste fue un aliado también incondicional de Báez. Ambos patricios militaron por tanto en bandos contrapuestos y militarmente contrarios, por ejemplo, durante la Revolución Tabacalera de 1857.
Por igual, los dos fueron signatarios de las Resoluciones de la Junta Central Gubernativa que desde el 8 de marzo de 1844 venía gestionando poner la República bajo el Protectorado de Francia conforme a las estipulaciones del Plan Levasseur, mediante el cual Francia recibiría a perpetuidad la Bahía de Samaná y nombraría al gobernador del territorio cada diez años”.
 Sobre el traslado
A favor de la exclusión de los restos de Santana del Panteón Nacional se han pronunciado el dirigente peledeísta, historiador y abogado Euclides Gutiérrez Felix así como legisladores.
El  miércoles la Cámara de Diputados discutirá un proyecto de ley que propone devolver dichos restos a la capilla Nuestra Señora del Rosario, en El Seibo.  Para tales fines, la comisión de Cultura de este hemiciclo, que preside Manuel Jiménez, realizará vistas públicas para escuchar opiniones en torno al asunto. Serán realizadas a las 10 de la mañana del próximo lunes, en el Salón Hugo Tolentino Dipp de la Cámara de Diputados.

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